Cártel de los camiones: responsabilidad solidaria aunque se compre a otra marca
Responsabilidad solidaria en el cártel de los camiones: preguntas y respuestas sobre la sentencia del Supremo
El Tribunal Supremo ha declarado la responsabilidad solidaria de todos los fabricantes del cártel de los camiones. Y fija la indemnización en el 5 % del precio de cada vehículo. Estas son las claves de la sentencia, en preguntas y respuestas.
¿Quiénes reclamaban y por qué?
Varios particulares y tres empresas: Excavaciones Mendiola, S.A., Transportes Gilito Laudio, S.L. y Galdetrans, S.L. Entre 1998 y 2009 compraron una veintena de camiones de Iveco, Mercedes, MAN, DAF, Volvo y Renault.
Reclamaban el sobreprecio que, a su juicio, pagaron por el cártel sancionado por la Comisión Europea.
¿Qué sancionó la Comisión Europea?
Un cártel entre 1997 y 2011, en su Decisión de 19 de julio de 2016 (asunto AT.39824–Camiones). Infringía el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Incluía acuerdos sobre la fijación e incremento de los precios brutos de camiones medios y pesados en el Espacio Económico Europeo. También sobre la repercusión de los costes de las tecnologías de emisiones.
¿A quién demandaron?
Solo a Iveco Magirus y a Daimler AG, actualmente Mercedes-Benz Group AG. Pero reclamaban por todos sus camiones, incluidos los de MAN, DAF, Volvo y Renault.
¿Qué decidieron el Juzgado y la Audiencia?
El Juzgado de lo Mercantil aceptó el daño y lo cuantificó con el método sincrónico del informe de los demandantes. Condenó a cada fabricante solo por sus propias marcas. La Audiencia Provincial de Álava lo confirmó.
¿Por qué presume el Supremo que hubo daño?
Por la presunción judicial del artículo 386 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. La presunción legal de la normativa europea no se aplica por razones temporales.
El cártel duró catorce años, abarcó todo el Espacio Económico Europeo y sus miembros tenían cerca del 90 % del mercado. Y sus acuerdos fijaban e incrementaban precios, no se limitaban a intercambiar información.
¿Pudieron los fabricantes desmontar esa presunción?
No. Sus informes partían de una lectura distorsionada de la Decisión, como si sancionara un mero intercambio de información. Tampoco acreditaron un sobreprecio inferior.
¿Por qué se rechaza el método sincrónico?
Porque el mercado de camiones ligeros no es comparable al de medios y pesados. Además, la traslación de precios brutos a finales no está justificada, los años extremos se extrapolan y las variables no son homogéneas.
Por eso, el Supremo estima en este punto el recurso de Daimler.
¿Cómo se calcula entonces la indemnización?
El Supremo asume la instancia y aplica sus facultades estimativas. Las tiene incluso antes de la trasposición de la normativa europea, para daños acreditados pero muy difíciles de cuantificar.
Fija el 5 % del precio efectivamente pagado por cada camión, umbral mínimo de sobrecoste, con intereses legales desde cada compra. Los demandantes no fueron pasivos: aportaron un informe pericial con la demanda.
¿Qué significa la responsabilidad solidaria del cártel?
Que todos los partícipes de una infracción única y continuada responden de todo el daño. El comprador puede reclamar a cualquiera de ellos, aunque le comprara el camión a otro fabricante.
¿En qué se basa la responsabilidad solidaria que declara el Supremo?
En la naturaleza extracontractual del ilícito y en la imposibilidad de individualizar la contribución de cada cartelista al sobreprecio. Es una «solidaridad impropia» de origen jurisprudencial.
La apoyan la Directiva europea de daños, que codifica la regla, y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
¿Puede el fabricante que paga recuperar parte?
Sí. La responsabilidad solidaria no impide que repita después contra los demás partícipes, en función de su responsabilidad relativa en el daño causado.
¿Cómo termina el caso?
El Supremo desestima el recurso de Iveco Magirus, con costas. Estima el de Daimler sobre la cuantía y el de los demandantes sobre la responsabilidad solidaria, sin costas. Ambos fabricantes pagarán el 5 % del precio de todos los camiones de la demanda.
