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Devlex Abogados Valencia

Imparcialidad judicial: así resuelve el Supremo un juicio dividido

20/08/2026

Homicidio en tentativa y juicio separado: los argumentos frente al Supremo

El Tribunal Supremo ha resuelto los dos recursos de casación planteados en un caso de homicidio en grado de tentativa con enjuiciamiento separado de coacusados. Rechaza todos los argumentos, incluida la alegada falta de imparcialidad judicial.

Los hechos, en síntesis

Una mujer fue condenada por la Audiencia Provincial de Madrid por asestar una puñalada por la espalda a un hombre que forcejeaba con otro individuo. La víctima sufrió lesiones graves que comprometieron su vida.

La acusada, declarada inicialmente en rebeldía, fue juzgada por separado tras el juicio de los otros dos implicados. Resultó condenada a cinco años de prisión, con indemnización conjunta y solidaria.

Primer argumento: la recusación tardía y la imparcialidad judicial

La condenada alegó ante el Supremo una falta de imparcialidad judicial, sosteniendo que su condena estaba «predeterminada» por la sentencia previa contra los otros acusados.

El Tribunal responde que la recurrente no promovió en su momento la recusación de los magistrados, pese a conocer la circunstancia antes del juicio. Esto es incompatible con la buena fe procesal, según la doctrina constitucional.

Segundo argumento: la sentencia previa y la imparcialidad judicial

El Supremo analiza también el fondo del motivo. Concluye que la sentencia previa no comprometió la imparcialidad judicial. No se pronunció sobre la culpabilidad penal de la recurrente ni valoró sus elementos subjetivos.

Añade que el juicio separado tenía cobertura en el artículo 842 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. No existe un principio de «unidad de acto» que obligue a enjuiciar a todos los implicados a la vez.

Tercer argumento: la presunción de inocencia

La condenada alegó también vulneración de la presunción de inocencia. El Tribunal la desestima. La condena se apoyó en la declaración de la víctima y en el testimonio de un testigo presencial. También en un perfil biológico hallado en el cuchillo, compatible con la recurrente.

Cuarto argumento: ¿era la pena demasiado benigna?

La acusación particular recurrió por su parte, alegando que la pena de cinco años, el mínimo legal, resultaba desproporcionadamente baja dada la gravedad del ataque.

El Supremo también rechaza este argumento. Constata que la Audiencia Provincial sí valoró las circunstancias agravantes. Redujo la pena solo en un grado, y no en dos, como habría sido legalmente posible.

Fallo del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo desestima íntegramente ambos recursos de casación. Impone las costas correspondientes a cada recurrente.

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